La Superintendencia de Industria y Comercio, a través de la Resolución 34716 del 28 de junio de 2024, resuelve el recurso de reposición presentado por los titulares de la patente del medicamento antirretroviral DOLUTEGRAVIR: SHIONOGI & CO., LTD y VIIV HEALTHCARE COMPANY.
Este acto administrativo confirma la Resolución 20049 del 23 de abril de 2024, con la cual se otorgó – por solicitud del Ministerio de Salud y Protección Social por primera vez en el país-, una licencia obligatoria de uso gubernamental por razones de interés público, sobre la patente de invención 07115501A, que comprende el principio activo dolutegravir.
Esta decisión le permitirá al país fortalecer la respuesta al VIH/SIDA ampliando el acceso al dolutegravir, que según la evidencia científica es el tratamiento recomendado por la Organización Mundial de la Salud, Organización Panamericana de la Salud y la Guía de Práctica Clínica para VIH/SIDA en Colombia, como la primera opción de tratamiento en la prescripción médica para:
- Población migrante venezolana (regular e irregular)
- Personas que viven con VIH recién diagnosticadas
- Personas con falla virológica
- Personas que requieren profilaxis post exposición
Todas estas poblaciones beneficiarias establecidas en la Resolución 1579 del 2 de octubre de 2023 de Minsalud.
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