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Restringen circulación de vehículos pesados y actividad de cargue y descargue en Soledad

 La Alcaldía de Soledad expidió recientemente los decretos 049 y 050, por medio de los cuales regula la circulación de vehículos de carga pesada así como las labores de cargue y descargue en vías donde se originan congestión en la movilidad. La Alcaldía expidió dos decretos y se encuentra en etapa pedagógica en diferentes vías del municipio.

De acuerdo con el decreto 049, después de realizarse inspección a vías como las calles 30, 63 (prolongación Murillo), 54, 56, Avenida Circunvalar y carrera 24, se observó que la circulación de vehículos con capacidad igual o superior a cinco toneladas, afectaba la movilidad por la poca capacidad para maniobrarlos y al mismo tiempo ponía en riesgo la integridad de usuarios viales tales como peatones, conductores y pasajeros.

Teniendo estas consideraciones se determinó prohibir la circulación de vehículos con capacidad igual o superior a cinco toneladas, en todo el municipio entre las 5:00 de la mañana y las 9:00 de la noche.

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 En el decreto se exceptúan de esta medida vías como calle 30 en toda su extensión, avenida Circunvalar, calle 18 y prolongación de Murillo, desde el acceso a Granabastos hasta la vía a Caracolí.

Por su parte, el decreto 050 se refiere a las labores de cargue y descargue de mercancías, materiales y maquinarias, actividades que quedan prohibidas en todo el municipio, en el horario de 6:00 de la mañana y las 9:00 de la noche, exceptuándose a los vehículos de recolección de basuras y los de transporte de valores.

El director del Instituto Municipal de Tránsito, Emilio Sánchez, explicó que, de acuerdo con la norma, su despacho podrá expedir permisos especiales a personas naturales o empresas tanto para circulación de vehículos con más de 5 toneladas como para realizar labores de cargue y descargue de materiales de construcción, mercancías, alimentos y maquinarias en los horarios a se refiere el decreto, ello con el lleno de algunos requisitos.

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“Las personas o empresas que requieran permiso especial para cargue y descargue de mercancía, alimentos, o camiones de suministro de concreto premezclado, en las vías del municipio, en horario diurno y nocturno, deberán presentar un Plan de Manejo de Tráfico, que se elabora de acuerdo con el Manual de Señalización Vial, contemplado en el permiso para cierre de vías. Sin ese plan es imposible conceder un permiso”, enfatizó el Director de Tránsito.

Sánchez indicó que actualmente se está en una etapa pedagógica y socialización sobre la aplicación de dicha restricción, la cual no permite aplicación de multas, pero una vez cumplido esa etapa, quien incurra en violación de la presente norma., se hará acreedor a sanciones equivalentes a multas de 8 salarios mínimos diarios vigentes.

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