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Solo $11,4 billones se destinaron a Colpensiones de $36,9 billones del presupuesto nacional para compromisos pensionales

En 2017, Colombia destinó desde el presupuesto general de la Nación $36,9 billones para atender sus compromisos pensionales. De estos, solo $11,4 billones se destinaron a Colpensiones que tiene la mayor cantidad de pensionados del país, a saber, 1.3 millones de los 2.2 millones que existen en total.

Cerrar Colpensiones, entonces, no aliviaría ni la tercera parte del problema de necesidad de recursos y de todas maneras, habría que seguir pagando los compromisos que ya se adquirieron con los pensionados. Las propuestas de reforma que se limitan o centran en esta alternativa alegando inviabilidad financiera del régimen de reparto, son equívocas. señala la presidente de la entidad Adriana Guzmán, en un informe presentado por la entidad.
 
Además, una reforma pensional debería solucionar las desigualdades que existen en el actual sistema de pensiones. Hoy dos personas con igual esfuerzo de aportes a pensión obtienen beneficios diferentes dependiendo de si están afiliados a Colpensiones o a un fondo privado. Por ejemplo, según un estudio del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), la mesada pensional en Colpensiones es del orden del 65% del ingreso promedio sobre el que se cotizó, mientras que esa mesada llega al 40% en un fondo privado. Además, es más probable que un afiliado a Colpensiones obtenga su pensión en comparación con un afiliado a un fondo (26,1% según nuestros cálculos, versus 18,0% según Asofondos).

También, señaló la funcionaria Adriana Guzmán, se hace necesario crear un mecanismo para eliminar las desigualdades entre grupos en el sistema privado de ahorro individual. Un análisis del Banco de la República encuentra que las mujeres reciben pensiones del orden del 30% de los ingresos promedios sobre los que aportaron, frente a un 50% que obtienen los hombres. Esto se da porque en el mercado laboral las mujeres tienen una situación menos ventajosa que los hombres y como el sistema es individual, tales diferencias se perpetúan y se mantienen en la vejez con la pensión.

En 2017, Colombia destinó desde el presupuesto general de la Nación $36,9 billones para atender sus compromisos pensionales. De estos, solo $11,4 billones se destinaron a Colpensiones que tiene la mayor cantidad de pensionados del país, a saber, 1.3 millones de los 2.2 millones que existen en total.

Es preciso abordar el tema de la sostenibilidad financiera. Al respecto hay que ser incisivo en algunos puntos. Hay consenso en los debates técnicos y académicos sobre la existencia de una bomba social, es decir, de una situación en la que muchas personas carecerían de ingresos permanentes en la vejez, por la falta de cobertura en pensiones. Esto mismo conlleva a que NO exista una bomba pensional,  entendida como una situación en la que las administradoras de pensiones no sean capaces de atender sus obligaciones financieras.

Se debe optimizar el gasto en pensiones, hay que ser más eficientes, la fórmula que se utiliza para calcular la mesada pensional puede mejorarse para focalizar los subsidios en los individuos de menores ingresos, buscando asegurar un beneficio para todos.

El sistema financiero ha sido enfático en indicar que el Estado debería asumir gastos incluso bajo esa propuesta, a saber: (1) garantizar que siempre haya recursos en el Fondo de Garantía de Pensión Mínima; (2)  encargarse,  a través de la aseguradora estatal Positiva, que la mesada pensional sea efectivamente de por vida y no se deje de pagar en algún momento porque se acabó el saldo disponible en la cuenta individual de pensión.

Hasta hoy, ninguna aseguradora privada ha estado dispuesta a asumir masivamente tal responsabilidad; (3) Continuar pagando la diferencia entre el incremento en el salario mínimo y la inflación, pues en Colombia las  mesadas pensionales se ajustan año a año con el incremento del salario mínimo que siempre será mayor a la inflación y las rentabilidades de los fondos privados no alcanzan para asegurar que ninguna mesada sea inferior al salario mínimo, como dice la Ley; (4) responder por la inseguridad jurídica pensional, es decir, por el costo asociado a las sentencias u órdenes de los jueces de incrementar los beneficios pensionales más allá de los que reconoce un fondo privado.

 

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