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No habrá arancel para la importación de oxígeno

El Gobierno Nacional estableció un gravamen arancelario del cero por ciento (0%) a las importaciones de oxígeno y concentradores de oxígeno, debido a la escasez del elemento en algunas regiones del país por el aumento de casos de covid-19.
 
La norma establecida en el Decreto 423 del 23 de abril,, dispone que el arancel estará vigente mientras dure la declaratoria de emergencia sanitaria por causa del covid-19, determinada por el Ministerio de Salud y Protección Social.

El Ministerio de Salud y Protección Social, señala en el documento, a través de la Dirección de Medicamentos y Tecnologías en Salud, se “emitió concepto favorable a la exención arancelaria del oxígeno y los concentradores de oxígeno durante el término de la emergencia sanitaria, considerando que éstos se utilizan en pacientes con afecciones respiratorias que requieren altos flujos de oxígeno para su recuperación, y por tanto, es fundamental para pacientes que desarrollan manifestaciones graves de covid-19”.
 
Se indica que “debido a la naturaleza de inmediata ejecución de las medidas que se adopten con el fin de mitigar los efectos sanitarios y económicos en el sector salud provocados por la situación de emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, al encontrarse en riesgo intereses públicos y fundamentales de la población, resulta necesario que el decreto entre en vigencia a partir de su publicación”.

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