close
Última hora:

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, anunció la reactivación de l...Leer más... Los peatones, usuarios de bicicleta y vehículo individual reportaron en conju...Leer más... La delegada de Ministerio de Salud, María Andrea Godoy, presentó ante la Com...Leer más... Barranquilla sigue afianzando su relacionamiento estratégico con la comunidad...Leer más... El Departamento Nacional de Estadísticas DANE, reveló que para el mes de julio...Leer más... El presidente de Coljuegos, César Augusto Valencia Galiano, hizo un balance d...Leer más... El Ministerio de Salud anunció la necesidad de aplicar una tercera dosis cont...Leer más... Más de un millón de niños entre 3 y 11 años se han vacunado contra el Covid ...Leer más... El Ministerio de Comercio anunció que Colombia llegó a 1.043 empresas B...Leer más... La Asamblea Nacional de Ecuador entregó al Presidente Iván Duque, un informe ...Leer más...

Corte Constitucional tumbó artículo de reforma tributaria que beneficiaba a estudiantes del Icetex

La Corte Constitucional de Colombia consideró que el artículo 95 de la reforma tributaria propuesta por el presidente Gustavo Petro no fue debatido ni aprobado conforme a los procedimientos legislativos adecuados en el Congreso, lo que ha llevado a su eliminación.

La Corte Constitucional tumbó el artículo 95 de la Ley 2277 de 2022 de la reforma tributaria, el cual establecía que las Universidades debían pagar los intereses de los estudiantes que financiaran sus estudios a través de un crédito Icetex.

El artículo buscaba aliviar a los estudiantes que tenían que financiar sus estudios, para que únicamente pagaran el valor correspondiente del IPC, y los intereses serían responsabilidad de las Instituciones de Educación Superior.

La disposición aplicaba a los créditos educativos firmados entre los estudiantes y el Icetex y beneficiaría a aquellos estudiantes que no contaran con subsidios de tasa otorgados por el Gobierno y cuyos créditos aún no estuvieran en período de amortización. De hecho, varias universidades ya habían comenzado a aplicar esta medida en beneficio de sus estudiantes.

La Corte Constitucional determinó que el artículo 95 no había sido objeto de un debate adecuado en las comisiones constitucionales permanentes de asuntos económicos y solo se había propuesto y aprobado durante las plenarias de la Cámara de Representantes y el Senado de la República. Aunque se argumentaba que este artículo estaba relacionado con la finalidad principal de la reforma tributaria, que era obtener recursos para gastos sociales, la Corte consideró que esta razón no justificaba la falta de un debate completo en todas las etapas del proceso legislativo.

La decisión de la Corte Constitucional ahora insta al Congreso a legislar sobre los diversos recursos financieros disponibles en el mercado, lo que abre la puerta a discusiones y deliberaciones sobre el financiamiento de la educación superior en el país.

Story Page