La Corte Constitucional de Colombia consideró que el artículo 95 de la reforma tributaria propuesta por el presidente Gustavo Petro no fue debatido ni aprobado conforme a los procedimientos legislativos adecuados en el Congreso, lo que ha llevado a su eliminación.
La Corte Constitucional tumbó el artículo 95 de la Ley 2277 de 2022 de la reforma tributaria, el cual establecía que las Universidades debían pagar los intereses de los estudiantes que financiaran sus estudios a través de un crédito Icetex.
El artículo buscaba aliviar a los estudiantes que tenían que financiar sus estudios, para que únicamente pagaran el valor correspondiente del IPC, y los intereses serían responsabilidad de las Instituciones de Educación Superior.
La disposición aplicaba a los créditos educativos firmados entre los estudiantes y el Icetex y beneficiaría a aquellos estudiantes que no contaran con subsidios de tasa otorgados por el Gobierno y cuyos créditos aún no estuvieran en período de amortización. De hecho, varias universidades ya habían comenzado a aplicar esta medida en beneficio de sus estudiantes.
La Corte Constitucional determinó que el artículo 95 no había sido objeto de un debate adecuado en las comisiones constitucionales permanentes de asuntos económicos y solo se había propuesto y aprobado durante las plenarias de la Cámara de Representantes y el Senado de la República. Aunque se argumentaba que este artículo estaba relacionado con la finalidad principal de la reforma tributaria, que era obtener recursos para gastos sociales, la Corte consideró que esta razón no justificaba la falta de un debate completo en todas las etapas del proceso legislativo.
La decisión de la Corte Constitucional ahora insta al Congreso a legislar sobre los diversos recursos financieros disponibles en el mercado, lo que abre la puerta a discusiones y deliberaciones sobre el financiamiento de la educación superior en el país.
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