La Corte Constitucional, a través de la Sala Penal, emitió una nueva sentencia en la que anula la prohibición de las corridas de toros en el país.
La decisión tiene que ver con el fallo que le daba dos años de plazo al Congreso para reglamentar o restringir dicha actividad.
Las corridas de toros en Colombia, siguen siendo legal, pero sólo se podría desarrollar en regiones que cuenta con este arraigo cultural. La Sala Plena de la Corte, aseguró que por cuenta del fallo de 2017 se había creado un escenario contradictorio.
La ponencia aprobada decía que las novilladas, corridas, corralejas no tienen consecuencias penales, pero sí implicaban un delito con eventuales penas privativas de la libertad acuerdo con la sentencia C-041 de 2017 cuando se cumplieran los dos años.
La Sala emitirá una nueva sentencia. Entre tanto, queda vigente la postura de la Corte del 2010 que implica que las corridas se pueden realizar en ciertos municipios del país.
La decisión ya ha sido rechazada por animalistas que en diferentes partes del país, y de acuerdo con las peticiones de nulidad, ese fallo de 2017 implicaría la “supresión de la tauromaquia como una manifestación cultural y como una expresión artística del ser humano”.
Insistían en que la penalización de las corridas era un asunto que solo podría hacer el Congreso.