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Bancos no podrán cobrar más de 30,72% de interés en los créditos de consumo en abril

La Superintendencia Financiera de Colombia, comunicó que desde el primero de abril y durante los 30 días siguientes, los bancos no podrán cobrar más de 30,72% de interés en los créditos de consumo. El porcentaje significa una disminución de 30 puntos básicos con respecto al periodo anterior cuando estaba en 31,02%.

El superintendente Jorge Castaño y el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas habían comentado que este año vendría disminuyendo el límite con el fin de aumentar el consumo de los hogares e impulsar el PIB de este año.

Para los microcrédito, la tasa quedó en 55.28% efectivo anual, lo que significa un aumento de 11 puntos básicos (0,11%) con respecto al periodo anterior.

Esta nueva disminución en la tasa de usura es la segunda consecutiva del año, luego de que en febrero, la tasa de usura se había ubicado en 31,52%, tras subir 0,48%, situación que causó polémica, ya que días antes el Banco de la República había bajado su tasa de interés.

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El documento oficial señala que el interés Bancario Corriente efectivo anual para crédito de consumo y ordinario se ubicó en 20,48% lo que representó una disminución de 20 puntos básicos. Igualmente el interés bancario corriente efectivo anual para microcréditos se ubicó en 36.85% con un aumento de siete puntos básicos.

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