Los colombianos que deseen recategorizar u obtener por primera vez su licencia de conducción, deberán presentar un examen teórico y otro práctico en un Centro de Apoyo Logístico de Evaluación (CALE) – habilitado para tal fin.
Así lo dispone la Resolución 1349 del 12 de mayo de 2017 expedida por el Ministerio de Transporte que, con el propósito de mejorar la seguridad vial garantiza, la idoneidad de los nuevos conductores de vehículos, al mismo tiempo que adecúa al país estándares y compromisos internacionales establecidos en esta materia. El gran objetivo es generar un cambio sin antecedentes en la adquisición de toda nueva licencia de conducción, la cual pasa de ser un simple trámite a ser un logro.
También se crean los Centros de Apoyo Logísticos de Evaluación –CALE, en los cuales todo aspirante a una nueva licencia o a recategorización, podrá realizar la evaluación teórica y la práctica.
Luego de inscribirse en el RUNT, realizar el curso de formación y de contar con la debida certificación de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir, todo aspirante a licencia se deberá inscribir de manera digital en cada CALE para acudir, en primer lugar a la prueba teórica. Ésta, consistirá en 30 preguntas sobre conocimientos de las normas de tránsito y de la forma en cómo debe desenvolverse en diferente tipo de situaciones. El cuestionario será definido en cada oportunidad de manera aleatoria de un banco de preguntas preestablecidas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Una vez aprobado el examen teórico, el aspirante debe acudir al mismo CALE para realizar la prueba práctica en la cual deberá demostrar ante un evaluador su destreza en el manejo de un vehículo y su capacidad de desenvolvimiento en una situación normal de tráfico. Para lo primero se establecerán pistas cerradas en las categorías de motocicletas y vehículos pequeños (categorías A1, B1 y C1) y las categorías superiores tendrán la opción de hacerla en pistas o simuladores; para lo segundo, el aspirante será evaluado en calle.
La Resolución 1349, establece un rango tarifario de acuerdo a la categoría de la licencia a la que se aspira a acceder de acuerdo a la siguiente tabla:
Tarifas Pruebas Teórico – Prácticas de Conductores (Organismos CALEs) |
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Categoría de Licencia de Conducción |
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A1 – A2 |
B1 |
C1 |
B2 – C2 |
B3 – C3 |
Prueba Teórica- Práctica |
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Tarifa Piso, SMLDV |
6.29 |
6.42 |
6.45 |
7.27 |
8.69 |
Tarifa Techo, SMLDV |
8.08 |
8.25 |
8.29 |
9.31 |
10.79 |
La Resolución, que es el resultado del intercambio con los actores del sector interesados en el tema, comenzará a regir en un plazo de doce meses, con el fin de que la Agencia Nacional de Seguridad Vial desarrolle la plataforma de realización del examen teórico y los aspirantes a habilitarse como Centro de Apoyo Logístico de Evaluación (CALE), cumplan las condiciones de personal, equipos e instalaciones exigidas, para la realización de los exámenes teórico y práctico de conducción.