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$4,9 billones ganan los bancos mientras la cartera vencida crece

Las utilidades del sistema financiero colombiano en los que va corrido del año a superaban los 4.9 billones de pesos, al tiempo que la cartera morosa por créditos vencidos va en aumento.

El reporte de la Superintendencia Financiera, destaca que durante el 2017 el sistema financiero colombiano acumula utilidades por 43 billones de pesos, y en materia de crédito, las categorías de consumo y de vivienda continúan creciendo, y junto con el microcrédito jalonaron el aumento en la cartera, que creció 2,1%

La tasa de crecimiento real anual de la cartera vencida total fue de 37.1%, 0.19 puntos porcentuales más que el pasado mes de julio revela el documento y destaca que la cartera vencida con corte a agosto se ubicó en 4.42%.

El aumento en la cartera vencida corresponde en su mayor parte a la modalidad comercial, cuya cartera vencida creció 50.5% real anual y mostró crecimiento frente a julio, principalmente por un deterioro en los productos de leasing, moneda extranjera y corporativo.

Los fondos de pensiones y cesantías, por lo que el ahorro pensional de los colombianos alcanzó la suma de 242,7 billones de pesos, 35 billones más que hace un año. Las utilidades de las administradoras de dichos fondos fueron de 21 billones de pesos.

La SuperFinanciera señaló que la introducción del concepto de mora temprana, es decir aquellos deudores que no hayan alcanzado una mora consecutiva durante los últimos 6 meses mayor a 60 días para microcrédito y consumo; y mayor a 90 días para comercial y vivienda, son algunos de los aspectos que ampara el nuevo sistema. El análogo para la EBA son los vencidos recientes y constituyen aquellos créditos con hasta 90 días en situación de mora.

Para estos deudores con moras tempranas o aquellos que puedan ver comprometida en el futuro su capacidad de atender sus obligaciones (ejemplo: el deudor prevé una disminución potencial en su flujo de caja por cambios de trabajo, desempleo, disminución de sus ventas, entre otros factores), la circular habilitó la opción de modificar el crédito.

Una modificación consiste en la posibilidad de cambiar las condiciones originales de los créditos (i.e. tasa, plazo) sin que el ajuste sea considerado como una reestructuración en los términos previstos por la norma.

Las modificaciones podrán realizarse tanto por solicitud del deudor como por iniciativa de la entidad, previo acuerdo con el deudor. Sin embargo, evidenciar cualquiera de estas dos condiciones: mora temprana o deterioro potencial, no implica la aprobación automática de la modificación. El acceso a la modificación no es un derecho adquirido, es una opción potestativa de los establecimientos de crédito, previa evaluación de la capacidad de pago del deudor. Es decir que el deudor debe demostrar viabilidad financiera para acceder al beneficio y, por ende, una vez modificados los créditos podrán continuar causando intereses.

Adicionalmente, “dado que la mayoría de los préstamos no muestran signos de dificultades financieras inmediatamente después de la modificación, es preciso un período de cura para determinar si el préstamo ha vuelto efectivamente a una situación de normalidad”.

Para la EBA el periodo mínimo de cura debe ser de 12 meses; situación que se replica en el caso colombiano para la modalidad de consumo (1 año) y es mucho más estricta para comercial y vivienda (2 años). Una vez surtidos estos tiempos, el crédito podrá salir del monitoreo especial, dado que el deudor cumplió el objetivo de normalizar su calidad crediticia.

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