
La Superintendencia de Industria y Comercio SIC, determinó archivar la investigación administrativa iniciada contra Adidas Colombia Ltda., Fashion Fitness Colombia S.A.S. y dos personas naturales, tras determinar que la compraventa de activos de la marca Reebok, realizada en octubre de 2022, no configuró una integración empresarial que debiera ser informada previamente.
Mediante la Resolución No. 60217 del 4 de agosto de 2026, la entidad concluyó que Fashion Fitness, sociedad adquirente de los activos, “no podía ser considerada competidor real o potencial de Adidas Colombia Ltda. en el mercado de comercialización y distribución de ropa y calzado deportivo en Colombia”. Por tanto, no se acreditó el supuesto subjetivo que justificaría el control previo de integraciones.
La SIC precisó además el concepto de competidor potencial, señalando que los requisitos de capacidad para participar en el mercado, intención manifiesta de ingresar y compromiso de realizar transacciones futuras deben entenderse de manera independiente a la operación analizada. La autoridad explicó que no basta con que un agente cuente con esos elementos, sino que debe demostrarse que su sola existencia ejerce presión competitiva sobre los actores actuales del mercado.
En este caso, las actividades preparatorias adelantadas por Fashion Fitness no fueron suficientes para considerarla competidor potencial, pues estaban directamente ligadas a la compraventa de activos de Reebok.
