La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) reglamentó los requisitos técnicos y metrológicos que deberán cumplir todos los nuevos medidores de energía eléctrica de uso residencial en Colombia. La medida, contenida en la Resolución 40972 de 2025, entrará en vigencia el 5 de enero de 2026 y busca garantizar que estos dispositivos reflejen con precisión el consumo de energía de los hogares.

La regulación aplica a medidores que se fabriquen, importen o comercialicen a partir de esa fecha, y no implica la obligación de reemplazar los dispositivos ya instalados ni impone nuevas exigencias a los usuarios actuales del servicio.

La SIC busca mejorar la confianza en la facturación de energía eléctrica mediante instrumentos que cumplan con estándares internacionales y criterios objetivos de medición. Esto permitirá reducir controversias por cobros incorrectos, evitar reclamos por errores de lectura y promover una relación más transparente entre usuarios y prestadores del servicio.

Los nuevos medidores deberán cumplir requisitos mínimos de exactitud y desempeño, someterse a una evaluación de conformidad antes de su comercialización y ser registrados en el Sistema de Información de Metrología Legal (SIMEL). Las obligaciones recaen sobre fabricantes, importadores y comercializadores, quienes contarán con un periodo de transición de 12 meses desde la entrada en vigor de la norma para adaptar sus procesos.

La medida se basa en recomendaciones de la Organización Internacional de Metrología Legal (OIML) y sigue ejemplos internacionales donde regulaciones similares han contribuido a mejorar la calidad del servicio y reducir reclamos por parte de los consumidores.

Durante el proceso de implementación, la SIC acompañará al sector con jornadas de capacitación y divulgación técnica, en línea con su compromiso de garantizar mediciones verificables y equitativas para todos los usuarios del país.