
La caracterización financiera de las empresas del mercado de energía eléctrica muestra que la integración vertical produce mayores márgenes operacionales y capacidad de inversión, pero no menores costos para el usuario final.
Esta es una de las principales conclusiones del estudio ‘Integración vertical en el mercado de energía eléctrica colombiano: caracterización financiera, análisis tarifario y recomendaciones regulatorias’, divulgado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
En el documento, el Observatorio Nacional de Servicios Públicos Domiciliarios de la entidad de vigilancia y control analizó el comportamiento tarifario y financiero de los agentes del Sistema Interconectado Nacional (SIN) entre 2021 y 2025 con el propósito de evaluar si la integración vertical genera ventajas competitivas indebidas o costos adicionales para los usuarios del servicio.
Principales conclusiones del estudio
El documento recoge varias de las principales conclusiones del Observatorio Nacional de Servicios Públicos, entre ellas, las siguientes:
– El marco normativo colombiano no prohíbe la integración vertical, pero la somete a principios de neutralidad, transparencia, eficiencia, libre competencia y no discriminación, además de límites a las compras propias para atender demanda regulada. “Estos mecanismos resultan relevantes, pero insuficientes para reducir posibles ventajas indebidas”, resalta el estudio.
– Las pruebas estadísticas confirman diferencias significativas entre grupos empresariales, principalmente en los componentes comercialización, generación y distribución. El componente de comercialización presenta el patrón de diferenciación más pronunciado, al ser el único sobre el que los agentes tienen control directo.
– El análisis por mercado confirma que las diferencias entre grupos se mantienen en la mayoría de los mercados, con mayor divergencia en: Valle del Cauca, Bogotá-Cundinamarca y Caribe Mar; y mayor homogeneidad en: Cali-Yumbo-Puerto Tejada y Pereira.
La relación entre integración vertical y menores tarifas no es sistemática: en mercados como Cartago, Ruitoque y Quindío, los comercializadores puros registran costos iguales o superiores.
– Las empresas integradas verticalmente presentan mayores márgenes operacionales, rentabilidad y capacidad de inversión que el resto de los agentes, lo cual es consistente con la menor dispersión observada en los componentes de generación y comercialización, pero no se traduce, de manera sistemática, en menores costos para el usuario regulado.
Las recomendaciones
Así mismo, el documento recoge varias recomendaciones para las empresas del sector energético:
– Avanzar en una revisión profunda de las dinámicas de contratación del mercado, incluyendo propuestas como la anonimización de las compras de energía, para garantizar transparencia y criterios homogéneos de asignación.
– Revisar los esquemas de contratación y los mecanismos de cierre en la Bolsa de Energía, que generan exposiciones financieras significativas para empresas sin integración vertical, en particular en mercados con mayores vulnerabilidades socioeconómicas.
– Profundizar el análisis de la contratación de energía de cada comercializador —contraparte, cantidad, mecanismo, precio y plazo— para establecer las causas de los mayores valores del componente de generación y evaluar el efecto de los límites a las compras propias.
– Avanzar en la implementación de la nueva metodología de remuneración de la actividad de comercialización (proyecto de Resolución Creg 701 038 de 2024), que esa entidad estima podría reducir hasta en un 40 % el componente de comercialización en la región Caribe.
El superintendente de Servicios Públicos, Felipe Durán Carrón, informó que el estudio será remitido a la Creg y al Ministerio de Minas y Energía, como insumo técnico para el desarrollo normativo del sector.
Además, la entidad de vigilancia y control mantendrá un seguimiento periódico y desagregado -por empresa, mercado, año, mes y componente del costo unitario- del comportamiento tarifario de los agentes integrados verticalmente.
