
SIC autorizó a las nueve EPS intervenidas la negociación conjunta y directa de medicamentos con los agentes farmacéuticos
En ejercicio de las facultades descritas en el parágrafo único del artículo 1 de la ley 155 de 1959, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en su rol de autoridad única de competencia, autorizó a las nueve EPS intervenidas la negociación conjunta y directa de medicamentos con los agentes farmacéuticos. Esto al haber comprobado que este acuerdo resulta necesario para la estabilidad del sistema general de seguridad social en salud en Colombia. Se busca con ello, además, que las EPS tengan mayor poder de negociación que se traduzca en mejores precios en la compra de medicamentos y mayor eficiencia en la entrega de estos a los pacientes. El objetivo principal de la negociación conjunta es que los pacientes reciban los medicamentos a tiempo y de manera adecuada, logrando, así, ...









