
El Ministerio de Salud expidió la Resolución 695 de 2026, mediante la cual actualiza el listado de servicios y tecnologías que no serán cubiertos por las EPS dentro del Plan de Beneficios en Salud (PBS).
La medida busca priorizar intervenciones esenciales y excluir aquellas sin respaldo científico, de carácter estético o de uso personal.
La decisión se adoptó tras un proceso participativo que incluyó consultas con asociaciones científicas, expertos, pacientes y ciudadanía. Estas sesiones se desarrollaron en 25 departamentos y en Bogotá.
Según la cartera de Salud, la actualización se fundamenta en criterios de evidencia científica, seguridad, eficacia clínica y pertinencia. En ese sentido, se excluyen servicios que carecen de soporte técnico, no cuentan con autorización de las autoridades competentes, tienen fines cosméticos o son considerados experimentales.
Entre los principales servicios excluidos se encuentran:
- Procedimientos y cirugías estéticas
Se excluyen aquellos realizados con fines cosméticos o de embellecimiento, como:
- Rinoplastia estética
- Liposucción
- Mamoplastia estética
- Gluteoplastia
- Blefaroplastia por envejecimiento
- Ritidectomía (estiramientos faciales)
- Cliteroplastia, himenoplastia e himenorrafia
- Engrosamiento o alargamiento de pene
- Depilación láser con fines estéticos
- Dermoexfoliación (peelings)
- Correcciones estéticas de nariz, cejas o arrugas
Medicamentos y tratamientos específicos
También se excluyen algunos medicamentos según su uso o indicación clínica, entre ellos:
- Analgésicos combinados como acetaminofén con codeína u opioides en ciertos contextos
- Diacereína para algunos casos de artritis
- Minoxidil para alopecia dentro del PBS
- Buprenorfina en usos específicos
Otros fármacos dependiendo de su indicación
- Fertilidad y reproducción asistida
- La resolución excluye procedimientos como:
- Fecundación in vitro (FIV), incluso con ICSI
- Inseminación artificial
- Tratamientos de reproducción asistida en general
El Ministerio reiteró que estas exclusiones buscan optimizar el uso de los recursos públicos, garantizando la financiación de servicios con efectividad comprobada y mayor impacto en la salud de la población.
Consulte la Resolución 695 de 2026.
Resolucion-No-695-de-2026.pdf
Resolucion-No-695-de-2026.pdf