
La Corte Constitucional de Colombia eliminó la facultad de los gobernadores para imponer salvaguardas que restringían la comercialización de aguardientes provenientes de otras regiones del país. Esta decisión marca un hito en el mercado de licores, permitiendo a los consumidores elegir libremente su marca de preferencia sin importar la ciudad donde se encuentren.
Tras la medida, los ciudadanos podrán disfrutar de una mayor variedad de opciones en el mercado de aguardientes, un escenario que contrasta con la normativa anterior. Hasta ahora, los licores producidos en un departamento requerían permisos especiales para su venta en otras regiones, limitando la oferta disponible para los consumidores.
Noticias Caracol reveló que la Corte explicó que esta medida fomenta “la libre competencia y la libertad de elección de los consumidores”. En concreto, los incisos 1 y 2 de la Ley 1816 de 2016, declarados inexequibles, restringían el derecho de las personas a seleccionar su proveedor de manera libre, lo cual afectaba directamente la libertad económica.
“Las normas acusadas exceden y desbordan lo que señala la Constitución al permitir los monopolios como arbitrios rentísticos y restringen de manera arbitraria la libertad económica”, explicó la Corte Constitucional. La ponencia estuvo a cargo del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien destacó la importancia de garantizar un mercado más equitativo y competitivo.