
La Comisión Legal de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes ordenó la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro hasta el próximo 21 de junio, en el marco de una investigación disciplinaria por presunta intervención en política. La decisión fue firmada por la representante investigadora Gloria Elena Arizabaleta Corral y quedó consignada en un auto de sustanciación identificado con el radicado 7525.
El documento de siete páginas establece que la medida es de carácter cautelar y transitorio, y se fundamenta en el artículo 217 de la Ley 1952 de 2019, que permite suspender provisionalmente a un servidor público cuando existen elementos de juicio que indiquen que su permanencia en el cargo podría interferir en la investigación o facilitar la reiteración de la conducta.
El auto señala que se cumplen cuatro requisitos para aplicar la suspensión: que el funcionario esté en ejercicio del cargo, que los hechos puedan constituir una falta grave o gravísima, que existan pruebas que permitan inferir riesgo de continuidad o repetición de la conducta y que la medida sea idónea, necesaria y proporcional. En este caso, la Comisión argumenta que la cercanía de la segunda vuelta presidencial, prevista para el 21 de junio, y los mensajes publicados por Petro en su cuenta oficial entre el 6 y el 9 de junio, constituyen elementos suficientes para justificar la decisión.
En su cuenta de X el ministro del Interior, Armando Benedetti. expresó que la Comisión de la Cámara no puede suspender al presidente porque es solo de instrucción y solo el Senado puede hacer esa providencia.
La Comisión dispuso incorporar al expediente las publicaciones y material digital recopilado, además de solicitar al Departamento Administrativo de la Presidencia información sobre la administración de la cuenta oficial del mandatario y los protocolos internos de comunicación digital.
La representante investigadora sostiene que la medida busca preservar el principio de neutralidad de los servidores públicos durante la contienda electoral. El documento también reconoce la tensión constitucional que genera la decisión frente al fuero presidencial, pero aclara que se trata de una medida cautelar que no implica prejuzgamiento ni sanción anticipada.
La suspensión se extenderá hasta el 21 de junio a las 4:00 p. m., coincidiendo con la fecha de la segunda vuelta presidencial. El auto ordena comunicar la decisión al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, notificar al mandatario y al Ministerio Público, y advierte que contra la medida no procede recurso alguno.
