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Ley seca y cierre de fronteras para jornada electoral en Colombia

La jornada de elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo se realizará bajo un conjunto de medidas orientadas a preservar el orden público y garantizar el desarrollo de los comicios, entre ellas el cierre temporal de fronteras, la aplicación de ley seca y limitaciones a la propaganda política.

El Gobierno nacional estableció disposiciones a través del Decreto 0188 del 27 de febrero de 2026, expedido por el Ministerio del Interior, que define restricciones aplicables tanto a ciudadanos como a autoridades locales, medios de comunicación y organizaciones políticas durante los días previos y la jornada electoral.

Entre las medidas más relevantes se encuentra el cierre de los pasos fronterizos terrestres y fluviales. Migración Colombia confirmó que el tránsito de viajeros por estos puntos estará suspendido desde las 6:00 p.m. del sábado 30 de mayo hasta las 6:00 a.m. del lunes 1 de junio. Durante ese periodo se desplegará un operativo especial en las zonas de frontera con apoyo de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. La única excepción contemplada aplica para situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, que serán evaluadas de manera individual por las autoridades.

De forma paralela, continuará la operación normal en otros puestos de control migratorio que no están ubicados en zonas fronterizas, mientras que la entidad mantendrá presencia institucional permanente en los puntos estratégicos del país.

Otra de las disposiciones es la ley seca, que regirá desde las 6:00 p.m. del sábado 30 de mayo hasta el mediodía del lunes 1 de junio. Esta medida prohíbe la venta y el consumo de bebidas alcohólicas durante ese intervalo, aunque alcaldes y gobernadores podrán extender su duración si consideran que las condiciones de seguridad en sus territorios lo requieren.

El decreto también introduce limitaciones para los medios de comunicación. El día de las elecciones estará prohibida la difusión de propaganda política, encuestas, sondeos y proyecciones electorales en radio, televisión y prensa escrita. Asimismo, no podrán emitirse entrevistas ni mensajes que impliquen respaldo o promoción a candidaturas o movimientos políticos a través del espectro electromagnético.

En cuanto a la publicidad electoral en espacios públicos, se establece que elementos como carteles, vallas, pasacalles y afiches no podrán exhibirse durante la jornada de votación. Estos podrán ser retirados por la Policía Nacional, que además aplicará las sanciones previstas en la normativa vigente. Sin embargo, los votantes sí podrán portar distintivos pequeños, con dimensiones máximas fijadas, para identificar su preferencia política.

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