
La normativa sobre el uso de cámaras para grabar recorridos de las motos ubicadas en la parte superior del casco de quien conduce no siempre es infracción si no vulnera la.seguridad del.motociclista.
Si no compromete la seguridad del conductor del vehículo no se considera infracción.
No puede distraer la atención del conductor ni evitar la visual.total del motociclista.
.La cámara debe estar ubicada de manera adecuada, y un agente de tránsito no puede imponer comparendo solo.cpn.ver la cámara en el casco debe asegurarse que no vulnere la seguridad de quien la portá
Su uso sin embargo no está del.todo.aprobado si no obstruye la visión.del.comductor y no causa distrae á quien conduce lo que si genera infracciones.
