
El Ministerio de Hacienda precisó a través de su cuenta en X los alcances del proyecto de decreto que busca equiparar la retención en la fuente entre los pagos electrónicos y los realizados con tarjetas.
El proyecto se encuentra en proceso de publicación para recibir comentarios y observaciones del público. Su propósito es eliminar la diferencia que existe entre pagos efectuados con tarjetas débito y crédito, que actualmente tienen una retención en la fuente del 1,5%, y los pagos electrónicos, que no están sujetos a retención, señala la entidad.
El Ministerio explicó que la medida no implica la creación de un nuevo impuesto, sino un ajuste a la retención existente. Agregó que esta no se aplicará cuando el pago o abono no constituya ingreso tributario o no corresponda a la compra de bienes o servicios. “La Retención en la fuente no se practicará si el pago o abono no constituye ingreso tributario o si no se trata de adquisiciones de compras de bienes o servicios”, indico.
Asimismo, señaló que las transacciones realizadas a través de plataformas como Bre-B, Nequi o Daviplata, u otros medios que no representen un ingreso para el receptor, no estarán sometidas a retención. “En cualquier caso el proyecto aclara que no estarán sometidos a Retención las personas naturales que no sean responsables del IVA.
También precisó que las personas naturales que no sean responsables del IVA seguirán exentas de esta obligación. “. No se está proponiendo un nuevo impuesto sino ajustando Retención en la fuente ya existente”, finalizo la cartera económica.
Cabe recordar que, de acuerdo con el texto del proyecto, la modificación tiene como objetivo “evitar el arbitraje entre diferentes productos y reconocer un trato similar entre los productos que ofrecen plena trazabilidad transaccional”. Para ello, se proponen cambios en los artículos 1.3.2.1.2., 1.3.2.1.7. y 1.3.2.1.8. del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.
El documento establece que los adquirentes —entidades que procesan los pagos de los comercios, como bancos, pasarelas de pago, Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos (Sedpes) y procesadores como PSE— serán responsables de practicar la retención en el momento del pago o abono en cuenta a las personas o establecimientos afiliados.
