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Trabajadores dependientes, que ganen menos de un salario mínimo podrán cotizar a seguridad social por días o semanas señala Mintrabajo

El Ministerio del Trabajo anunció que queda en firme el esquema de cotización a la seguridad social que permite a trabajadores dependientes, con ingresos inferiores a un salario mínimo, realizar aportes a pensión, riesgos laborales y a Caja de Compensación Familiar, por periodos inferiores a un mes.

La cotización debe ser inferior a un mes o por días. El Ministerio de Salud y Protección adelantará los ajustes administrativos a la PILA para asegurar además esta opción para los trabajadores independientes.

La medida, fue oficializada a través de la Circular 0093 del 1 de septiembre de 2025, en cumplimiento de la Ley Laboral (Ley 2466 de 2025) y la Ley Pensional (Ley 2381 de 2024) que incluye la cotización por días o por semanas.

Especifica, que en la afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral de los trabajadores dependientes que se encuentren vinculados laboralmente por periodos inferiores a un mes o por días, en virtud de un trabajo por tiempo parcial, la cotización se realizará de acuerdo con el reglamento existente.

“Esta cotización a tiempo parcial amplía la formalización y protección social, permitiendo contribuciones más justas según el nivel real de ingreso e incluye a sectores flexibles o informales al sistema de seguridad social”, afirmó el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino Páez.

La modalidad de cotización se implementó a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), usando el tipo de cotizante número 51, denominado ´Trabajador de tiempo parcial´, y de acuerdo con los días reportados en el mes, la plataforma liquidará por semanas la cotización a pensiones y a Caja de Compensación de la siguiente manera:

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El Ministerio de Salud y Protección Social está finalizando los ajustes administrativos a la planilla para el recaudo de los aportes de los trabajadores independientes.

La circular precisa que la cotización a riesgos laborales se realizará por el periodo mensual de 30 días.

En el caso de la salud, estos trabajadores pueden permanecer afiliados al régimen subsidiado o como beneficiarios de los regímenes contributivo, especial o exceptuado.

El ministro Sanguino instó a los actores del Sistema de Seguridad Social a adoptar y promover el uso de este mecanismo: “hacemos un llamado a las administradoras de pensiones y riesgos laborales, empleadores, cajas de compensación, operadores de información y demás actores del sector, para que adopten y promuevan activamente el uso de este mecanismo de cotización flexible, conforme lo establecido en la Ley Laboral y que faciliten su implementación y uso en el país”, afirmó.

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