
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante comunicado reveló que fue notificado sobre un proceso ejecutivo en el que, según reportes de medios de comunicación, se habría ordenado el embargo de cuentas de la Nación.
La entidad reiteró que la inembargabilidad de los recursos públicos está protegida por la Constitución y la normativa presupuestaria, garantizando su destinación exclusiva al cumplimiento de las funciones del Estado.
La cartera de Hacienda recordó que, de acuerdo con el Artículo 63 de la Constitución establece que los bienes y recursos públicos son inalienables, imprescriptibles e inembargables. Asimismo, enfatizó que el Artículo 19 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y el Artículo 34 del Decreto 1523 de 2024 reafirman que las rentas del Presupuesto General y los bienes de los órganos del Estado no pueden ser embargados. Además, establecen que cualquier servidor público que reciba una orden de embargo sobre estos recursos, incluidas las transferencias a entidades territoriales, debe iniciar los trámites para solicitar su desembargo.
También se indicó que esta protección asegura que el Estado pueda seguir operando con normalidad y cumpliendo sus obligaciones esenciales en áreas como salud, educación y seguridad.
Finalmente, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mencionó que adelantará las gestiones necesarias para solicitar el desembargo inmediato, dado que la medida no se ajusta a lo establecido en la ley.
