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Tráfico de votos contempla prisión de cuatro a nueve años y multa de hasta 1.200 smlmv

El fraude en la inscripción de cédulas en comicios electorales, tendrá un severo castigo de acuerdo a las medidas adoptadas por el gobierno en materia de regulación de la Reforma Política. El responsable enfrentará prisión de entre 4 y 9 años, y multa de 50 a 200 smlmv. En este caso también “la pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor público”.

Sobre la elección ilícita de candidatos la norma ordena que quien resulte elegido n un cargo de elección popular “estando inhabilitado para desempeñarlo por decisión judicial, disciplinaria o fiscal incurrirá en prisión de cuatro a nueve años y multa de 200 a 800 smlmv”.

Con respecto al delito de corrupción al sufragante, la nueva norma prevé pena de prisión de 4 a 8 años y multa de 200 a 1.000 smlv.

Alteración de resultados

Las penas para delitos como: alteración de resultados electorales, ocultamiento, retención y posesión ilícita de cédula y denegación de inscripción también fueron modificadas.

Así, el responsable de alterar resultados electorales purgará de 4 a 8 años de prisión y tendrá multa de 50 a 200 smlmv.

El ocultamiento y posesión ilícita de cédula será penalizado de 4 a 8 años de prisión, y habrá multa de 50 200 smlmv.

La denegación de inscripción señala que el servidor público a quien por ley corresponda la inscripción de un candidato o lista de candidatos para elecciones populares que “no cumpla con esta función o la dilate o entorpezca” incurrirá en prisión de 4 a 8 años y multa de 50 a 200 smlmv.

La misma pena será aplicable por las conductas descritas cuando se trate plebiscito, referendo, consulta popular y revocatoria del mandato.

Igualmente, conductas como la mora en la entrega de documentos relacionados con una votación, el favorecimiento de voto fraudulento y el tráfico de votos.

Para el tráfico de votos la ley contempla prisión de cuatro a nueve años y multa de 400 a 1.200 smlmv. Así mismo, el responsable o responsables del voto fraudulento incurrirá en prisión de 4 a 8 años y multa de 50 a 200 smlmv.

Finalmente. el servidor público que no entregue oportunamente a la autoridad competente de documentos electorales purgará prisión de 4 a 9 años y enfrentará multa que oscila entre 50 y 200 smlmv.

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