La ANDI expuso su preocupación por la propuesta de resolución que plantea intervenir los fletes de rutas específicas en el transporte terrestre automotor de carga.
Los costos de transporte han sido uno de los mayores componentes de la inflación que vive el país.
Según la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia – ANDI, la propuesta de solución que se está planteando mediante el proyecto de resolución 20231130036303 del 10 de abril de 2023, incrementará aún más este componente.
Por lo tanto, pone en riesgo el programa o estrategia de reducción de la inflación que ha planteado el Gobierno Nacional y tendrá efectos sobre la capacidad adquisitiva de los hogares colombianos.
Los empresarios señalaron en esa muestra que el mantenimiento en maquinaria y equipo, combustibles y lubricantes, los contratos con terceros, seguros; y en general, los costos indirectos de fabricación fueron otros rubros que impactaron en mayor medida sus operaciones con un aumento en promedio del 11,7%.
- La coyuntura económica y la inflación que vive el país se incrementó especialmente por el aumento en los costos de la logística y el transporte terrestre, siendo uno de los rubros que ha registrado mayores incrementos de la siguiente forma:
- La Encuesta de Opinión Industrial Conjunta de la ANDI de agosto de 2022 concluyó que las materias primas (36,1%) y los costos logísticos y de transporte (29,7%) fueron los rubros que más se incrementaron, ubicándose por encima del total de los costos de producción, los cuales crecieron en promedio 24,3%.
- Igualmente, los empresarios señalaron en esa muestra que el mantenimiento en maquinaria y equipo, combustibles y lubricantes, los contratos con terceros, seguros; y en general, los costos indirectos de fabricación fueron otros rubros que impactaron en mayor medida sus operaciones con un aumento en promedio del 11,7%.
- Incluso, los datos públicos a la fecha de la Encuesta Nacional Logística realizada por el Departamento de Planeación Nacional en Colombia en 2020, reveló que el 45,4% de las empresas encuestadas señaló que el costo del transporte fue uno de los principales retos a los que se enfrentaban en su operación logística. Además, señaló que el costo del transporte terrestre 59,7% es el más elevado dentro de la cadena logística.
- Adicionalmente, para la ANDI, el proyecto de resolución que eventualmente fijaría cambios en la regulación de los fletes correspondientes a unas rutas específicas en el transporte terrestre automotor de carga afectaría otros costos que inciden en la logística en el país, su operación y la viabilidad financiera en productos básicos de carga, como los que llegan al consumo del hogar de todos los colombianos.
- A esto se le suma factores como la calidad y estado de las vías, la eficiencia y productividad del transporte, las restricciones, manifestaciones sociales, la congestión vehicular y otros aspectos que inciden directamente en los tiempos y costos de los desplazamientos.
- Para la ANDI, el proyecto de resolución hace un análisis sobre el incumplimiento del régimen actual, esto es, sobre los pagos de fletes por debajo de los costos eficientes de operación en determinadas rutas, y no existe análisis alguno sobre lo que deberían ser esos costos eficientes de operación. Igualmente, contempla la intervención en “ambos sentidos de las rutas” y el SICETAC no considera los esquemas de Round Trips (viaje de ida y retorno). En un análisis detallado del total de la ruta, se observan diferencias cuando se toma un solo sentido, pero cuando se suman los dos sentidos, se ratifica que el mercado se equilibra por encima de los costos.
- La resolución también plantea que los vehículos solamente pueden operar 288 horas mensuales. Sin embargo, la ANDI reitera que ese parámetro está lejos del lineamiento de transporte de carga en el mundo, en el que estos activos operan 24 horas/365 días. Adicionalmente, como se evidenció en la Encuesta de Impacto de Costos del Transporte de la ANDI, el hecho de trabajar solamente 288 horas al mes genera un sobrecosto del orden de $2,9 billones, evidenciado en agosto de 2021 a julio 2022, cuando entró en vigor la Resolución 20213040009145 de 2021, que disponía que así fuera.
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