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Jaime Pinzón Quintero será el tercer árbitro en pleito Avianca y pilotos. Juez ordena reintegrar pilotos en reconocimiento de pensión

Luego de la renuncia irrevocable de la doctora Elsy del Pilar cuello Calderón, como tercer árbitra que había sido designada de mutuo acuerdo por los árbitros de la empresa Avianca y la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles, ACDAC, el Ministerio del Trabajo, adelantó en las instalaciones de la entidad la audiencia pública para seleccionar al nuevo profesional y fue escogido Jaime Pinzón Quintero.

La reunión para su designación se llevó a cabo este martes mediante sorteo, conforme a una lista de 99 abogados, suministrada por la Corte Suprema de Justicia. De dicho listado fueron excluidos 12 árbitros que han sido parte de algunos procedimientos de la convocatoria del Tribunal de Arbitramento o que han representado a las partes.

Es así como en la lista quedaron 87 árbitros y mediante sorteo fue escogido Jaime Pinzón Quintero.

El nuevo abogado designado tendrá 48 horas, posterior a la comunicación para su posesión.

Con la conformación del comité de arbitramento se iniciará de nuevo la discusión del pliego de peticiones entre la aerolínea Avianca y los pilotos en huelga.

Juez ordena a Avianca reincorporar a pilotos que tengan  ‘reconocimiento de pensión’

El  Juzgado Setenta y Cuatro Civil de Bogotá aceptó la tutela interpuesta por la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac) contra Avianca tras lo que el sindicato calificó como despido de ocho de sus capitanes asociados por hacer parte del paro de pilotos que se adelanta desde el 20 de septiembre.

El reclamo fue hecho porque estos pilotos ya están en etapa de reconocimiento de pensión.

El juezordenó como medida provisional “suspender los efectos del despido” de los ocho capitanes que habían sido desvinculados por parte de la aerolínea.

La salida de los ocho capitanes de la aerolínea ocurrió el pasado 18 de octubre. En ese momento Avianca argumentó que la desvinculación se debió a que estaaban en proceso de  “reconocimiento de su pensión”.

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