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Hasta $12 millones de sanción a comerciantes que no renueven oportunamente su matrícula mercantil

Hoy vencerá el plazo  establecido por la ley  para que los comerciantes renueven oportunamente su matrícula mercantil y eviten las correspondientes sanciones. 

Los comerciantes que no cumplan con la obligación de renovar la matricula mercantil antes de la fecha establecida podrán ser sancionados por la Superintendencia de Industria y Comercio con multas que ascienden a los  Doce Millones Quinientos cuarenta mil ciento ochenta y nueve pesos, ($12.541.189), que equivalen a Diecisiete salarios mínimos legales mensuales vigentes, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 11 del Decreto 2153 de 1992.

Renovar la matricula mercantil oportunamente proporciona seguridad y confianza en los negocios y lo acredita ante los clientes como un comerciante legalmente constituido y cumplidor de sus deberes legales.

La Superintendencia de Industria y Comercio y la Cámara de Comercio de Barranquilla, hacen un llamado a los comerciantes para que renueven su matrícula mercantil y la de sus establecimientos de comercio hasta el día de hoy,

Para realizar el proceso de renovación, el comerciante debe dirigirse a la Cámara de Comercio más cercana o acceder a ella, a través de su página de internet.

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La Superintendencia de Industria y Comercio le recordó a todos los comerciantes del país (personas naturales o jurídicas), que deben renovar su matrícula mercantil y la de sus establecimientos de comercio antes del 31 de marzo de 2017.

De conformidad con el artículo 33 del Código de Comercio, es obligación de todo comerciante (persona natural o jurídica), renovar su matrícula mercantil y la de sus establecimientos de comercio, dentro de los tres primeros meses de cada año.

Los comerciantes que no cumplan con la obligación de renovar la matricula mercantil antes de la fecha establecida podrán ser sancionados por la Superintendencia de Industria y Comercio con multas que ascienden a los  Doce Millones Quinienbtos cuarenta mil ciento ochenta y nueve pesos, ($12.541.189), que equivalen a Diecisiete salarios mínimos legales mensuales vigentes, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 11 del Decreto 2153 de 1992.

Para cumplir con el proceso de renovación de la matrícula mercantil, el comerciante sólo debe dirigirse a la Cámara de Comercio más cercana, o acceder a ella, a través de su página Web, diligenciar los formularios y cancelar los respectivos derechos de matrícula que se liquidarán según los activos reportados.

Renovar la matricula mercantil oportunamente proporciona seguridad y confianza en los negocios y lo acredita ante los clientes como un comerciante legalmente constituido y cumplidor de sus deberes legales.

 

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