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En Chile piden a la FIFA intervenga por supuesto «arreglo» en Perú-Colombia

Los medios chilenos pidieron a la rectora del fútbol en su país pronunciarse y pedir a la FIFA intervenga por supuesto «arreglo» en Perú-Colombia que significó la eliminación de los chilenos del Mundial de Rusia 2018.

Luego de apreciar un vídeo en el que se aprecia a Radamel Falcao hablarle con la boca tapada a Renato Tapia en la parte final del partido Perú vs Colombia cuando el marcador iba 1-1 y el resultado los favorecía en la clasificación y perjudicaba a Chile.

La Asociación de Fútbol de Chile no se ha pronunciado al respecto y la FIFA advirtió ayer que no admitirá demandas que contengan objeciones arbitrales o de resultados como el caso del «gol fantasma» en el juego Panamá-Costa Rica.

Los temas de confabulación o conspiración de resultados está tipificado en el reglamento general de las FIFA.

De momento, nadie puede saber lo que le dijo Radamel Falcao a Renato Tapia, Christian Ramos y Miguel Araujo en pleno partido, ya que todos losinvolucrados tenían la boca tapada por la mano.

Pero aquí dejamos lo que señala la FIFA al respecto en el artículo 6.3.2., de acuerdo a los medios de Chile.

“6.3.2 Influencia ilícita en el curso o resultado de los partidos

El artículo sigue a continuación

1. Todo aquel que trate de conspirar o en efecto conspire para influir en el curso o el resultado de un partido de forma contraria a la ética deportiva será sancionado con la suspensión de partidos o la prohibición de participar en toda actividad relacionada con el fútbol, así como con una multa significativa y proporcionada, independientemente de que haya cometido la infracción de esta disposición por motivos económicos, para obtener ventaja deportiva o con cualquier otro fin. En los casos graves se debería imponer la prohibición de ejercer de por vida cualquier actividad relacionada con el fútbol.

2. Quien ayude a otra persona a cometer alguna de las infracciones del apartado 1 será sancionado de la misma manera.

3. En caso de que sea un jugador o un oficial quien influya ilícitamente en el curso o el resultado de un partido, tal como describe el apartado 1, también se podrá sancionar al club o a la asociación a la que pertenezca el jugador o el oficial. En los casos graves se podrá sancionar al infractor con la exclusión de una competición, el descenso a una categoría inferior, la sustracción de puntos y/o la devolución de premios.

4. Incluso en los casos de influencia ilícita en el partido, el resultado del mismo permanece inalterable”.

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