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El pecado original de HidroItuango al auto asignarse el contrato

La Fiscalía General de la Nación reveló los alcances de la investigación sobre HidroItuango, al adjudicar el proyecto a una persona que tuviera experiencia técnica y operativa, y solvencia financiera suficiente como estaba proyectado y no cancelar la licitación para adjudicxar a uno de sus socios, EPM sin experiencia en construcción de represas.

La sociedad Hidroituango S.A. E.S.P., convocó, mediante subasta pública internacional, a los interesados en construir, mantener y operar la hidroeléctrica más grande de Colombia. Esta primera fase de oferta pública concluyó con la selección de 7 precalificados, entre ellos EPM E.S.P, empresa que era accionista de Hidroituango S.A. E.S.P.

La etapa de precalificación tenía por objeto verificar que los interesados cumplieran con los requisitos financieros y técnicos previstos en la invitación, y establecer si se encontraban en condiciones de asumir dichas obligaciones, teniendo en cuenta que la hidroeléctrica debía operar desde el 1 de diciembre de 2018, o antes, para tener derecho al pago del cargo por confiabilidad otorgado por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).

Con base en lo anterior, Hidroituango S.A. E.S.P. emitió la Decisión Núm. 015 del 2 de febrero de 2010,  mediante la cual otorgó la precalificación a siete (7) empresas:

  1. China Three Georges Corporation
  2. Consorcio Kepco
  3. Centrais Eletricas Brasileiras S.A. (Electrobrás)
  4. Constructora Norberto Odebrecht S.A.
  5. Construcoes E Comercio Camargo Correa S.A.
  6. Constructora Andrade Gutiérrez S.A.
  7. Empresas Públicas de Medellín E.S.P. (EPM).

El proceso siguió su curso y el 18 de marzo de 2010, fueron publicadas las reglas para la adjudicación de los contratos. Días después, la junta directiva de Hidroituango se reunió y suspendió el proceso de subasta por unas semanas, hasta que la misma junta se volviera a reunir y decidiera si reabría el proceso o lo daba por terminado, de tal forma que todos los precalificados tuvieran tranquilidad en el proceso. Sin embargo, los socios avanzaron en una negociación directa con una de las firmas, era EPM E.S.P., según consta en el acta núm. 111 del 9 de junio de 2010.

El 10 de septiembre de 2010, se suscribió un segundo acuerdo entre el IDEA y EPM E.S.P., en el que se reafirmó que las Empresas de Servicios Públicos de Medellín asumirían la construcción, financiación, operación y mantenimiento de la hidroeléctrica, y haga la respectiva restitución del proyecto a Hidroituango. Todo sioguió enmarcado en el esquema de contratación BOOMT.

El 27 de octubre de 2010, según acta núm. 24 se dio vía libre a la división (escisión) patrimonial y se da vía libre a la tercerización de la financiación, construcción, mantenimiento, explotación comercial y restitución de la Central Hidroeléctrica Pescadero – Ituango.

El 4 de noviembre de 2010, mientras avanzaba la constitución del marco legal para permitir el ingreso de una nueva empresa, Hidroituango informó a los seis oferentes internacionales y nacionales que el proceso de subasta quedaba cerrado. Les indicó que optó por contratar directamente a EPM E.S.P por ser una empresa regional y, por consiguiente, autorizó el reembolso a los oferentes de los dineros pagados al iniciar el proceso, algo más de 19 millones de pesos.

Una vez fue constituida la nueva sociedad, la junta directiva de EPM Ituango S.A. E.S.P., en sesión del 29 de marzo de 2011, autorizó la suscripción del contrato BOOMT, el cual fue celebrado un día después entre la Hidroeléctrica Ituango S.A. E.S.P. (contratante) y EPM Ituango S.A. E.S.P. (contratista).

Las verificaciones hechas por la Fiscalía permitieron conocer que en sesión extraordinaria de asamblea de accionistas de EPM ITUANGO, Empresas Públicas de Medellín, con el 99,4% de las acciones, votó favorablemente la proposición de ceder a EPM el contrato para construir, mantener y operar la Hidroeléctrica Ituango, resultado que le permitirá tomar todas las decisiones por un periodo de 50 años.

El proceso de contratación culminó el 19 de enero de 2013, EPM Ituango S.A. E.S.P (cedente – contratista) y EPM E.S.P. (cesionario) celebraron un acuerdo de voluntades cuyo objeto consistió en la “cesión del contrato tipo Boomt suscrito entre hidroeléctrica Ituango S.A. E.S.P. y EPM Ituango S.A. E.S.P. a favor de empresas públicas de Medellín”, por un valor de dieciocho mil quinientos diecinueve millones ochocientos noventa y tres mil setecientos diecinueve pesos ($18.519.893.719).

Decisiones

Es por los hechos mencionados anteriormente que la Fiscalía General de la Nación ha tomado la determinación de solicitar se convoque a audiencia de imputación a los señores Luis Guillermo Gómez Atehortua, gerente de Hidroitunago S.A (para la fecha de los hechos) y Luis Javier Vélez Duque, gerente de EPM Ituango (para la fecha de los hechos), con el fin de formularles cargos por contrato sin cumplimiento de requisitos legales. Las audiencias se realizarán previa programación del Centro de Servicios Judiciales.

Asimismo, en relación con una segunda hipótesis investigativa en estudio, adelantada por los presuntos delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales e interés indebido en la celebración de contratos, la Fiscalía General de la Nación considera pertinente citar a interrogatorio en condición de indiciados a:

  • Álvaro Villegas Moreno.
  • Ana Cristina Moreno Palacios.
  • Hugo Alejandro Mora Tamayo.
  • Juan Felipe Gaviria Gutiérrez.
  • Jesús Arturo Aristizábal.
  • Maximiliano Valderrama Espinosa.
  • Luis Javier Vélez Duque (calidad de gerente EPM Ituango).
  • Juan Esteban Calle Restrepo (gerente de EPM E.S.P).

Estas diligencias se cumplirán en marzo del año en curso.

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