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El 9 de octubre vence plazo para el pago de cuota del impuesto al patrimonio desde el exterior

Panamá, Estados Unidos, Islas Vírgenes, Bahamas, Isla Niue, Reino Unido, Suiza, Islas Caimán, Curazao y España son los países desde los cuales los ciudadanos colombianos realizaron la normalización tributaria, para acogerse al impuesto de patrimonio.

Quienes no se acogieron a la norma con beneficios tributarios se verán enfrentados a la aplicación, en la declaración de renta, de una sanción de inexactitud del 200% del mayor valor del impuesto a cargo, determinado cuando se omiten activos o incluyen pasivos inexistentes.

La DIAN interpondrá las correspondientes denuncias ante la Fiscalía General de la Nación por el tipo penal “Omisión de activos en el exterior y pasivos inexistentes».

José Andrés Romero  director del organismo, agradeció a los colombianos que le jugaron limpio al país, al atender la invitación de la entidad para formalizar su situación fiscal. “Esta se convierte en una acción más que contribuye con la construcción de una Colombia más honesta»

Hasta el 9 de octubre son los vencimientos para el pago de la segunda cuota del impuesto al patrimonio, el cual fue creado con la Ley de Financiamiento y aplica para las personas que a 1 de enero de 2019 contaban con un patrimonio líquido superior a $5.000 millones.

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