close
Última hora:

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, anunció la reactivación de l...Leer más... Los peatones, usuarios de bicicleta y vehículo individual reportaron en conju...Leer más... La delegada de Ministerio de Salud, María Andrea Godoy, presentó ante la Com...Leer más... Barranquilla sigue afianzando su relacionamiento estratégico con la comunidad...Leer más... El Departamento Nacional de Estadísticas DANE, reveló que para el mes de julio...Leer más... El presidente de Coljuegos, César Augusto Valencia Galiano, hizo un balance d...Leer más... El Ministerio de Salud anunció la necesidad de aplicar una tercera dosis cont...Leer más... Más de un millón de niños entre 3 y 11 años se han vacunado contra el Covid ...Leer más... El Ministerio de Comercio anunció que Colombia llegó a 1.043 empresas B...Leer más... La Asamblea Nacional de Ecuador entregó al Presidente Iván Duque, un informe ...Leer más...

Cuatrimotos y bicicletas con motor a revisión tecnico mecánica

Todos los vehículos como ciclomotores, bicicletas con motor, tricimoto y cuadriciclo de combustión interna, eléctricos o de cualquier otro tipo de generación de energía deberán tener a partir de este año revisión técnico mecánica.

El Ministerio de Transporte expidió la Resolución 0006589 de 2019 mediante la cual se incluyeron nuevas las nuevas tipologías vehiculares para revisión técnico mecánica.

Los Centros de Diagnóstico Automotor que quieran comenzar a realizar la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes para las tipologías dispuestas en la Resolucion 6589 de 2019, deberán acreditarse ante el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (Onac) y posteriormente solicitar la inclusión de la línea de revisión ante la Subdirección de Tránsito del Ministerio de Trasporte,  quienes después de este procedimiento tendrán como obligación el verificar si los resultados obtenidos se encuentran dentro de los parámetros permisibles en las Normas Técnicas para expedir el respectivo certificado.

Igualmente, el organismo anunció que se incluyó la línea para motos eléctricas y motos con ruedas gemelas, pero no se incluyeron las patinetas eléctricas.

 La periodicidad de la revisión de estas tipologías de vehículos, se realizará de conformidad a los a los términos establecidos para motocicletas o similares, es decir, la revisión inicial se realizará al cumplir dos años a partir de su fecha de matrícula y posteriormente se debe realizar cada año.
En el caso de las motos con ruedas gemelas se adoptó como obligatoria la definición establecida por el reglamento UE 168/2013 del Parlamento Europeo, este considera las dos ruedas montadas sobre el mismo eje como una sola rueda.

Los parámetros para la aprobación de las pruebas se verificarán aplicando las normas técnicas NTC 6218 y 6282 las cuales fueron adoptadas para esta reglamentación, por lo que ahora son de obligatorio cumplimiento.

No Comments

Leave a reply

Post your comment
Enter your name
Your e-mail address

Story Page