La Corte Suprema de Justicia, a través de su sala laboral, confirmó la ilegalidad de la huelga que adelantaron durante 51 días los pilotos de Avianca agremiados a la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac).
Con una votación de cinco votos a favor y dos en contra, la Corte acogió la ponencia que respalda la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que declaró ilegal dicho cese de actividades. Ahora, de acuerdo a este fallo, Avianca entrará a determinar las sanciones correspondientes a quienes organizaron el cese.
La decisión de entrar en huelga no fue apoyada por las mayorías establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo, es decir que no hubo una votación secreta, personal e indelegable. A ello se suma que el cese de actividades afectó directamente un servicio público esencial, referencioa la ponencia de la Corte
“En este caso, por tratarse de un sindicato de industria y con carácter minoritario, en el ámbito de la empresa, la decisión le correspondía a la mayoría absoluta de los trabajadores de la empresa y no exclusivamente a los afiliados de la organización sindical. La Corte verificó que de un total de más de ocho mil trabajadores, tan solo 699 habían votado a favor de la huelga, por lo cual la decisión no había sido adoptada con las mayorías legalmente exigidas”.
La Corte estableció que el transporte aéreo ha sido catalogado formalmente por el legislador como un servicio público esencial, esto sumado a que dicha suspensión puso en riesgo la salud, la seguridad y la vida de los usuarios y la población en general.