close
Última hora:

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, anunció la reactivación de l...Leer más... Los peatones, usuarios de bicicleta y vehículo individual reportaron en conju...Leer más... La delegada de Ministerio de Salud, María Andrea Godoy, presentó ante la Com...Leer más... Barranquilla sigue afianzando su relacionamiento estratégico con la comunidad...Leer más... El Departamento Nacional de Estadísticas DANE, reveló que para el mes de julio...Leer más... El presidente de Coljuegos, César Augusto Valencia Galiano, hizo un balance d...Leer más... El Ministerio de Salud anunció la necesidad de aplicar una tercera dosis cont...Leer más... Más de un millón de niños entre 3 y 11 años se han vacunado contra el Covid ...Leer más... El Ministerio de Comercio anunció que Colombia llegó a 1.043 empresas B...Leer más... La Asamblea Nacional de Ecuador entregó al Presidente Iván Duque, un informe ...Leer más...

Corte Constitucional señala condiciones para ser cabeza de hogar

La Corte Constitucional estableció las condiciones que se deben tener en cuenta para ostentar la calidad de madre cabeza de familia y así poder recibir ciertos beneficios de ley como la protección laboral denominada el ‘retén social’.

En Colombia muchas mujeres solicitan la condición de ser madre de cabeza de hogar para recibir los beneficios de ley, pero según la Corte no toda persona a cargo del hogar ostenta esa calidad.

El retén social es un beneficio que sirve para “vivienda, educación, pensiones especiales, que se conceden por esa condición, por el hecho de ser una persona que tiene a su cargo la totalidad del sustento familiar“, advierte la Corte

Los requisitos para ostentar la condición de madre cabeza de familia  según la Corte:

Que se tenga a cargo de hijos menores o de otras personas incapacitadas para trabajar y que sea de carácter permanente.
Que no tenga el apoyo de su pareja y que se sustraiga permanente del cumplimiento de sus obligaciones
Que no haya ayuda de los demás miembros de la familia, lo cual significa la responsabilidad solitaria de la madre para sostener el hogar.

La Corte advierte que la política denominada Retén Social, “Es una medida afirmativa de protección laboral tendiente a dar cumplimiento a la igualdad real y efectiva consagrada en la Constitución, que busca que en los procesos de reforma institucional se otorgue una protección mayor, en materia de permanencia y estabilidad en el empleo a ciertas categorías de sujetos, son ellas las personas con limitaciones físicas, mental, visual o auditiva; las madres y padres cabeza de familia sin alternativa económica y las personas próximas a pensionarse”.

El caso concreto es el de una mujer que tuvo que interponer una tutela porque perdió su empleo debido a reforma de renovación de la administración pública en su empresa.

La compañía no la cobijó con el denominado ‘retén social’ a pesar de comprobar que padece del túnel carpiano en ambas manos, es madre soltera y la única que lleva el sustento a su hogar.

No Comments

Leave a reply

Post your comment
Enter your name
Your e-mail address

Story Page