La Superintendencia Nacional de Salud, mediante la Resolución 4344 del 10 de abril de 2019, ordenó medidas cautelares al giro directo que realiza la EPS Medimás a 48 entidades de su red de prestación de servicios, con el único fin de evitar prácticas indebidas con los recursos de la salud de los colombianos.
La decisión suspende el pago a instituciones prestadoras de servicios que podrían estar vinculadas económicamente con la EPS.
Esta medida tiene como objetivo verificar que el uso de los recursos del sistema de salud cumpla con las condiciones establecidas por el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
En este sentido, la Entidad solicitó a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud- ADRES, cesar provisionalmente el giro de recursos autorizado por Medimás a entidades que están vinculadas económicamente de manera directa e indirecta, hasta tanto verifique el contralor designado por la Supersalud, la idoneidad de la programación teniendo en cuenta que correspondan a los servicios efectivamente prestados y que no exista ningún comportamiento que privilegie esta red vinculada de acuerdo con las condiciones previstas en los contratos legalmente celebrados.
De identificar inconsistencias entre la facturación y los valores autorizados para los giros y otros aspectos relacionados, la Supersalud tomará las acciones y medidas que correspondan, una vez se culmine este proceso de inspección.