El gobierno dispuso mediante decreto que a partir de octubre, los trabajadores del país que tengan contratos por prestación de servicios, pagaran salud y pensión con mes vencido y no como se venia efectuando de man era anticipada para cobras sus servicios prestados.
El decreto expedido por el Gobierno les permitirá a ocho millones de trabajadores nacionales tener un alivio económico a partir de octubre cuando rige la norma.
En marzo el Tribunal Superior de Cundinamarca ordenó al Gobierno cumplir el artículo 135 del plan de desarrollo, en donde establece que la seguridad social de los contratistas debe ser descontada mes vencido por las entidades contratantes.
Si usted es contratista, o sea que tiene un contrato por prestación de servicios, tenía que estar al día con el pago de salud y pensión antes de presentar su cuenta de cobro. Ahora, con esta orden, primero le tendrán que pagar para que luego pueda hacer el aporte a salud y pensión.
En el decreto, expedido por el Gobierno por mandato de un fallo judicial, quedó detallado que esta medida tendrá que ser tenida en cuenta por las EPS, ya que tendrán que garantizarles a las personas los servicios de salud, así el pago se haga mes vencido.
Las personas que cancelan la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila) tuvieron que pagar los aportes de agosto normalmente (es decir, de forma anticipada), pero en septiembre ya no lo pagaron de esta manera, sino que lo harán en los primeros días de octubre.
El cambio se da específicamente para la cancelación de estos aportes, que sirven para recibir atención en las respectivas EPS y para cotizar a uno de los dos regímenes de pensión. Esto, por supuesto, no aplica a quienes reciben menos de un salario mínimo, pues no deben cotizar.
En el decreto expedido por el Gobierno por mandato de un fallo judicial, quedó especificado que que esta medida tendrá que ser tenida en cuenta por las EPS, ya que tendrán que garantizarles a las personas los servicios de salud, así el pago se haga mes vencido.