El Ministerio de Transporte solicitó a la Financiera de Desarrollo Nacional (FDN) y a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) realizar una revisión integral a la estructuración del proyecto de navegabilidad del Río Magdalena que actualmente está desarrollando Cormagdalena.
En este sentido, las observaciones realizadas destacaron 4 puntos críticos del proyecto en estructuración que pretende desarrollar la navegabilidad del Río Magdalena y que se encuentra actualmente a cargo de Cormagdalena.
En el siguiente documento se detallan “Las Observaciones a Estructuración Nueva APP, Navegación del Río Magdalena realizadas por la ANI”.
Realización de una APP de Iniciativa Pública, en la que el Asociado se encargará de: • Realización y actualización de los Estudios y Diseños, la ejecución de las Obras de Construcción del Proyecto y la realización de las Obras de Dragado y/o Alternativas al Dragado.
La Financiación de las Obras de Construcción, las Obras de Dragado y/o Alternativas al Dragado y el Equipamiento, y todas aquellas actividades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones previstas los documentos contractuales.
La prestación de los demás Servicios Operativos y de Asistencia a la Navegación.
Obra hidráulica repetitiva mediante la cual se remueve material del fondo del río, disponiendo de él en un sitio diferente al de la remoción mediante lanzamiento o deposito. o Principalmente se realiza en las UFN No. 1 y 2. o No requiere de licencia ambiental.
Se impone al Concesionario un Plan de Manejo Ambiental. o Se draga solo en los sitios críticos para la navegación (aproximadamente 20 sitios de no más de 500 mts de longitud).
Mintransporte agrega en su solicitud, que falta claridad sobre la línea base ambiental los documentos disponibles no incluyen información clara que determine si para el componente ambiental se realizaron estudios detallados con información primaria y secundaria para todos los componentes ambientales de los medios abióticos, bióticos y socioeconómicos.
Sobre el manejo ambiental, en el pronunciamiento de la ANLA se indica que el alcance del proyecto es de Mejoramiento de acuerdo con el Decreto 1076 de 2015, lo implica que requiere un PAGA y permisos ambientales; sin embargo vincula un Plan de Manejo Ambiental existente que no aplica para dicho tipo de alcance, por lo cual debe ser objeto de aclaración por la ANLA.