El gobierno a traves del Ministerio de Transporte, solicitó al Consejo de Estado dar claridad sobre la vigencia de la resolución sobre plataformas tecnológicas en taxis de lujo
El Ministerio hizo el requerimiento mediante oficio donde solicitó al Consejo de Estado dar claridad sobre la vigencia de la resolución 2163 expedida el 27 de mayo de 2016, sobre el Servicio Público Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en el nivel de lujo y algunas disposiciones en el nivel básico en todo el territorio nacional.
Dicha resolución “reglamenta el ofrecimiento y prestación del servicio público de transporte terrestre automotor en la modalidad individual en el nivel de lujo definido en el Decreto 2297 de 2015, en aspectos como las características de los vehículos, los requisitos de habilitación de las plataformas tecnológicas, la formación de los conductores y los indicadores de servicio a cargo de las empresas legalmente habilitadas”.
La solicitud fue realizada el pasado 7 de septiembre por parte del Grupo de Defensa Judicial del Ministerio de Transporte mediante una carta a la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera del Consejo de Estado, en la que puso en conocimiento un Derecho de Petición por parte de un gremio de taxistas, con el objeto que la Honorable Corporación, de considerarlo procedente, tenga en cuenta dentro de su pronunciamiento final el Numeral 1° de la petición que efectúa dicha asociación, interrogante relativo a la vigencia de revocatoria de la medida cautelar de suspensión provisional de la Resolución No. 2163 de 2016 acusada dentro del proceso.
Los ajustes buscan garantizar en todas sus formas el fundamento jurídico para la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor en la modalidad individual en el nivel de lujo y del nivel básico.