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Deudores Alimentarios a cumplir con sus hijos

Un proyecto de Ley que busca tener un control sobre los deudores morosos que incumplen con la cuota alimentaria de los menores, pasó a segundo debate en el Senado de la República.

El proyecto pretende crear el Registro de Deudores Alimentarios Morosos -Redam, como mecanismo de control al incumplimiento de las obligaciones alimentarias.

Esta Ley se aplicará a todas las personas que se encuentren en mora de tres a cuatro cuotas alimentarias, establecidas en sentencias ejecutoriadas, o acuerdos de conciliación. La obligación económica cuya mora comprende el registro corresponde a alimentos necesarios, definitivos o provisionales. Asi lo afirma su autora senadora Maritza Martinez Aristizabal del partido de la U.

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El acreedor de alimentos deberá solicitar el registro ante el juez que conoce el proceso ejecutivo, quien previo a ordenar la inscripción en el Redam, deberá correr traslado de la solicitud al deudor alimentario que se reporta en mora por tres días, al término de los cuales resolverá sobre la procedencia o no de la misma. La decisión del juez podrá ser objeto del recurso de reposición quien dispondrá de tres días para resolverlo.

Igualmente, el proyecto sostiene que sólo podrá proponerse como excepción a la solicitud de registro en el Redam al cumplimiento de las obligaciones alimentarias que se encuentran en mora. Así mismo manifiesta que cuando se acredite la cancelación total de las cuotas alimentarias en mora, el juez oficiará en un plazo no mayor a tres días al a la entidad encargada de su operación con el propósito de cancelar la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Inhabilidades para las personas que estén en el registro de deudores Alimentarios

Estar en el Redam trae como consecuencias, la inhabilidad para contratar con el Estado, personas reportadas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos no se podrá nombrar ni posesionar en cargos públicos ni de elección popular. Así mismo estará impedido  para solicitar licencia de conducción o documento análogo ante las autoridades de tránsito y transporte habilitadas para tal fin, también para salir del país y efectuar trámites migratorios ante Migración Colombia o la entidad que haga sus veces, para solicitar un crédito o su renovación ante una entidad bancaria, entre otras Inhabilidades.

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La legisladora afirma que existe un aspecto de vulneración de derechos al interior de la institución familiar que, si bien ha tenido desarrollos normativos, su despliegue en materia de política pública ha sido tan limitado que la aplicación normativa resulta insuficiente para atender la magnitud de la problemática, esta es, la asociada al incumplimiento de la obligación alimentaria con sus hijos, en conjunto con las repercusiones que esta tiene tanto para ellos como para la madre o el padre que tiene la responsabilidad del cuidado y manutención.

Martínez Aristizabal sostiene que diariamente en la ciudad de Bogotá se denuncian más de cien casos de inasistencia alimentaria; “en otras ciudades de nuestro país la cifra anual de denuncias por incumplimiento en las obligaciones alimentarias puede ascender a más de cien mil. Si nos remitimos a cifras oficiales, consolidadas por parte del Sistema de Estadísticas en Justicia, vemos que éstas distan mucho de lo que se reporta en los medios de comunicación, no obstante, sigue siendo extremadamente preocupante que se registren más de 13 mil padres incumplidos” afirmó la senadora.

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