El Consejo Nacional Electoral, CNE, negó la solicitud de revocatoria de la inscripción de la candidatura del aspirante a la Cámara de Representantes por el Atlántico, César Lorduy Madonado, de Cambio Radical.
La ponencia del magistrado Emiliano Rivera, quedó consignada en la Resolución 326 del 14 de febrero de 2018.
La demanda había sido interpuesta por la abogada Luisa Fernanda Acosta al considerar que éste se encontraba «inhabilitado por haber sido un servidor público».
Acosta Pulido puso de presente que Lorduy «se desempeñó como miembro del Consejo Superior de la Universidad del Atlántico en calidad de representante de los gremios, ejerciendo funciones públicas con autoridad civil y administrativa».
Lorduy señaló ante la demanda que «para que se dé el ejercicio de autoridad civil o de dirección administrativa, es necesario que quien la ejerza ostente la calidad de servidor público (…), situación que no se configura en relación con un miembro del Consejo Superior Universitario por el solo hecho de serlo, puesto que su ejercicio no confiere tal calidad”.
El candidato a la Cámara por Cambio Radical, con senado de Arturo Char, César Lorduy, mediante un comunicado, señaló que si bien la revocatoria presentada hace parte del derecho de accionar que tiene todo ciudadano, esta no tiene fundamento, ya que los miembros de los consejos directivos o asesores de los establecimientos públicos, aunque ejerzan funciones públicas, no adquieren la calidad de empleados públicos.