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Desde hoy empieza a regir salvavidas financiero para morosos de crédito

Desde este martes, los morosos de créditos en el país pueden acogerse al denominado ‘salvavidas’ financiero, que puso en marcha la Superintendencia Financiera de Colombia. 

Se trata de una modificación en las condiciones de créditos a las que pueden acceder los deudores.

El superintendente Jorge Castaño explicó que “con esta medida se busca generar un espacio para que los bancos puedan renegociar las condiciones de los créditos, ya sean de consumo, tarjetas de crédito, comerciales, microcréditos e incluso créditos de vivienda”.

La Superintendencia Financiera expidió la circular en la que imparte instrucciones para facilitar el proceso de redefinición de las condiciones de los créditos entre las entidades vigiladas y aquellos deudores que han visto afectada su capacidad de pago y el normal cumplimiento de su obligación como consecuencia del ajuste en el ciclo económico.

La norma define un paso previo a la reestructuración de las deudas y por esto las modificaciones que se hagan bajo los principios de la nueva norma no tendrán los efectos que una reestructuración puede tener en aspectos como la calificación del deudor y el acceso a nueva financiación.

Quienes se acojan a la medida el historial crediticio no se altera, ni será borrado, de tal forma que el deudor ya incurrió en mora y ésta ya fue reportada a las centrales de riesgo, su reporte permanecerá en los tiempos determinados por la Ley. Su historial no será borrado, señaló la entidad

Si incumple el nuevo acuerdo de pagos definido con la entidad, automáticamente será catalogado como un crédito reestructurado con los correspondientes efectos que esto tiene.

La medida corresponde a la aplicación de un estándar internacional que pretende darle una opción al consumidor financiero para ajustarse al ciclo económico mediante una negociación directa con sus entidades crediticias.

Quienes se hayan visto afectados por el ciclo económico pueden solicitar a la entidad financiera la modificación de las condiciones del crédito originalmente pactadas, siempre y cuando durante los últimos seis meses la obligación no haya alcanzado una mora consecutiva mayor a 60 días para microcrédito y consumo; y 90 días para comercial y vivienda, destacó la Superfinanciera.
Advierte la circular que cada entidad financiera evaluará la nueva realidad económica del deudor para adoptar una decisión frente a las condiciones de la obligación; por esa razón, pensar en incumplir con los pagos de la deuda para obtener una modificación no es una buena opción, pues no se asegura que la entidad vigilada modifique las condiciones en todos los casos. No es un derecho automático.

Castaño, recalcó que “se pueden redefinir las condiciones de pago y se les dará viabilidad financiera al deudor, sin que tenga que soportar los costos de una reestructuración de sus créditos”.

“Esta norma define un paso previo a la reestructuración de las deudas y por esto las modificaciones que se hagan bajo los principios de la nueva norma no tendrán los efectos que una reestructuración puede tener en aspectos como la calificación del deudor y el acceso a nueva financiación“, explicó el Superintendente.

En la norma se señala que “cada entidad financiera evaluará la nueva realidad económica del deudor para adoptar una decisión frente a las condiciones de la obligación”.

Este ‘salvavidas’ opera para morosos que deban hasta 3 meses, el pago de la cuota de sus créditos.

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