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$2.062 millones de multa a operador portuario en Cartagena impone Supertransporte

La Supertransporte ordenó a la empresa Bull Petroleum S.A.S. el pago inmediato de $2.062 millones como multa, luego de comprobar que sacó provecho económico de una zona de uso público, sin el permiso de las autoridades.

La entidad  sancionó a la empresa Bull Petroleum S.A.S. con una multa de $2.062 millones, tras concluir que – sin tener los permisos de las autoridades– funcionaba como una sociedad portuaria, efectuando sin concesión actividades marítimas portuarias en zonas de uso público de la Bahía de Cartagena, cuando solo está habilitada por el Ministerio de Transporte para prestar servicios como operador portuario.

Esta multa equivalente a 35 días de ingresos brutos impuesta a esta empresa que sacó provecho de terrenos de uso público de la Bahía de Cartagena sin autorización, sienta un precedente sancionatorio frente a la usurpación de bienes del Estado para fines particulares y se abre la puerta a nuevas investigaciones por esta violación a la normatividad portuaria vigente en el país.

El superintendente Javier Jaramillo resolvió –en el recurso de apelación– que dicha empresa se constituyó como operador portuario, pero que la actividad que realmente desempeñaba al momento de la visita de inspección era la de sociedad portuaria, al realizar actividades portuarias en zona pública; razón por la cual infringió el ordenamiento jurídico al efectuar actividades marítimas portuarias en zonas de uso público, sin tener una concesión.

“Bull Petroleum S.A.S. construyó y administró un muelle e instalación portuaria en la Bahía de Cartagena desarrollando actividades portuarias, sin contar con una concesión otorgada por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) u otra autoridad competente”, precisó Jaramillo, quien también reveló que dichas zonas de uso público fueron otorgadas en concesión por la ANI, el pasado 14 de junio de 2016, a la sociedad portuaria Bullpesa S.A.

La Superintendencia decidió multar a Bull Petroleum S.A.S. con el fin de no suspender la operación y evitar así un impacto negativo en la economía, en cuanto a la venta y transporte del crudo.

 

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