La Corte Constitucional por unanimidad ratificó el acto legislativo 02 de 2017 que blinda los acuerdos de paz con las Farc porque satisfacía los presupuestos de conexidad establecidos, señaló el presidente de la Corte, Luis Guillermo Guerrero, quien determinó que el acuerdo no entrará en el bloque de constitucionalidad, es decir no hará parte de la constitución.
La decisión de la Corte señala en su artículo 2 que “El presente Acto Legislativo deroga el artículo 4 del Acto Legislativo número 01 de 2016 y rige a partir de su promulgación hasta la finalización de los tres periodos presidenciales completos posteriores a la firma del Acuerdo Final”. Dicho punto fue discutido en La Habana con el fin de que el acuerdo no fuera modificado por el gobierno de turno fuera o no opositor al gobierno Santos.
El acto legislativo establece que ahora los tres periodos presidencias siguientes están sujetos a preservar los contenidos y principios del Acuerdo Final, y los acuerdos no podrán ser modificados en los próximos tres gobiernos, tras la firma de La Paz el 24 de noviembre en el teatro Colón de Bogotá.
“El acuerdo no tiene un valor normativo sino que requiere su incorporación a la constitución como se ha venido haciendo a través de normas con fuerza de ley o los decretos que se han venido expidiendo”, señaló Guerrero, quien agregó que “en relación con los vicios derivados de una sustitución de la constitución encontró la Corte que se debe evitar un desbordamiento de la competencia del Congreso en la reforma de la constitución”.
“Las instituciones y autoridades del Estado tienen la obligación de cumplir de buena fe con lo establecido en el Acuerdo Final. En consecuencia, las actuaciones de todos los órganos y autoridades del Estado deberán guardar coherencia e integralidad con lo acordado, preservando el espíritu y los principios del Acuerdo Final”.